LOS GASTOS EXTRAORDIONARIOS TRAS LA SEPARACIÓN O DIVORCIO.

Abogados Tenerife. Se debe diferenciar la pensión de alimentos, que tienen la calificación de gastos ordinarios y previsibles, de los gastos extraordinarios, que son aquellos que tengan carácter excepcional, imprevisible y necesario. Es decir, son aquellos necesarios para la crianza y educación de los hijos pero que no resultan previsibles ni, por tanto, cuantificables a priori. Son gastos complementarios a la pensión de alimentos que, por su carácter imprevisible, no se incluyen en éstos.

Los gastos extraordinarios se definen por exclusión de los ordinarios y deben ser sufragados por mitad entre ambos progenitores. Se consideran como gastos ordinarios los necesarios, previsibles y periódicos. Esta previsibilidad permite cuantificarlos a priori, y por tanto abonarlos por medio de la pensión alimenticia.

En defecto de lo acordado en el convenio regulador al respecto y puesto que los gastos extraordinarios carecen de regulación en el Código Civil, ha sido nuestra jurisprudencia quien, atendiendo a la casuística, los ha ido delimitando. Por tanto, tienen carácter extraordinario de carácter médico, los odontológicos y tratamientos bucodentales incluida la ortodoncia, prótesis, logopeda, psicólogo, fisioterapia o rehabilitación (incluida natación) con prescripción facultativa, óptica, gastos de farmacia no básicos y con prescripción médica, tratamientos de homeopatía y, en general, cualquier otro gasto sanitario no cubierto por el sistema público de salud de la Seguridad Social, o por el seguro médico privado que puedan tener concertado los progenitores. Abogados Tenerife.

Son gastos extraordinarios de carácter educativo las clases de apoyo escolar motivadas por un deficiente rendimiento académico.

Al contrario de lo que se suele creer, sin embargo, los gastos derivados del inicio del curso escolar (uniforme, libros, material escolar, etc.) no tienen carácter extraordinario y forman parte de la pensión de alimentos, salvo que se disponga expresamente en el convenio regulador. Por tanto, la descripción anterior el carácter extraordinario de los gastos de los hijos comunes lo es siempre, sin prejuicio de lo dispuesto en el convenio regulador. Contacte con nuestro despacho, abogados Tenerife, si necesita asesoramiento y tramitar su divorcio o separación. Somos Abogados Tenerife.

 

CONSECUENCIAS DE LA NEGATIVA A SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE ALCOHOLEMIA.

Abogados Tenerife. El art. 383 del Código Penal establece la condena penal por la negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica:

“El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.”

Por tanto, lo primero que debe tenerse en cuenta es que la pena por negarse a someterse a la prueba de alcoholemia es superior a la pena prevista para el delito de conducción bajo los efectos del alcohol por lo que siempre es importantísimo no incurrir en el error e negarse a realizar las pruebas de detección alcohólica ya que las consecuencias pueden ser peores.

También están castigadas penalmente las conductas tendentes a “engañar” a los agentes soplando mal deliberadamente. Se castiga la negativa expresa a no soplar y también, por tanto, la que se desprende de la falta de voluntad a someterse a la prueba de una persona que intencionadamente sopla mal. Abogados Tenerife.

Será igualmente delito la conducta consistente en negarse a soplar en la segunda prueba (se deben realizar dos pruebas de detección alcohólica) pues dicha negativa del conductor impide que pueda realizarse en su integridad y por tanto no puede ser finalizada. A este respecto se ha pronunciado recientemente el Tribunal Supremo en su Sentencia de 28 de marzo de 2017 unificando criterios.

Así, nos encontramos ante un delito de desobediencia, distinto al de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y cuya penalidad es mayor. Contacte con nosotros, abogados Tenerife, somos especialistas en derecho penal.

Si desea asesoramiento contacte con Abogados Tenerife.

DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL: CONDUCCIÓN SIN PERMISO O LICENCIA

Abogados Tenerife. El art. 384 del Código Penal establece la condena penal por conducir un vehículo a motor sin haber obtenido permiso o licencia o en caso de pérdida de vigencia por pérdida de puntos del carnet:

“El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.”

Por tanto, el conducir un vehículo sin un carnet que le autorice para ello es considerado por el Código Penal como una infracción muy grave. Fuera de estos supuestos y, por tanto, fuera de las conductas previstas y penadas en el Código Penal, quedarán los casos en los que se conduzca un vehículo a motor, cuando se tiene un carnet de conducir extranjero y no ha sido homologado en España y la conducción de un vehículo con el permiso vencido, en cuyo caso la persona será sancionada por una infracción administrativa grave.

El primer y segundo supuesto que se recoge en el artículo 384 del Código Penal, es para aquellas personas que conducen  un vehículo de motor o ciclomotor  en caso de pérdida de vigencia de su carnet de conducir o su licencia por la retirada total de los puntos asignados legalmente o bien porque ha sido privada cautelar o definitivamente del carnet o permiso de conducir. En estos casos, para que exista una condena, debe existir conciencia de que se realiza la conducta típica. Es decir, debe haber constancia de que se conducía un vehículo a motor a sabiendas de que existe pérdida de puntos para lo cual se deberá acreditar que no existió una notificación de tal circunstancia por parte e la Administración.

Las penas que establece el Código Penal son, alternativamente, Pena de prisión de 3 a 6 meses, pena de multa de 12 a 24 meses, o la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Si necesita asesoramiento puede contactar con nosotros. Abogados Tenerife.

 

EL DIVORCIO CONTENCIOSO

Los procedimientos de divorcio pueden tramitarse de mutuo acuerdo, a instancia de un cónyuge con el consentimiento del otro y de manera contenciosa. Éste último supuesto, que se da cuando no existe acuerdo en torno a las medidas definitivas posteriores a la disolución del vínculo matrimonial, es el más largo y gravoso para las partes pues requiere, en la mayoría de los casos, la celebración de un juicio y, por tanto, quien decide sobre los efectos del divorcio es un juez. Abogados en Tenerife

Las demandas que se presenten en los procedimientos de divorcio contencioso se sustanciarán por los trámites del juicio verbal con sujeción, además, a las siguientes reglas, de conformidad con el artículo 770 de la Ley de enjuiciamiento civil:

A la demanda hay que acompañar los documentos procesales oportunos, sin perjuicio de los generalmente establecidos por la Ley de Enjuiciamiento Civil, hay que acompañar también documentos de fondo. Por tanto, deberá acompañarse la certificación de la inscripción del matrimonio y, en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil, así como los documentos en que el cónyuge funde su derecho. Si se solicitaran medidas de carácter patrimonial, han de aportarse los documentos de tipo económico que se exponen en la regla primera del Art. 770 Ley de Enjuiciamiento Civil, el actor deberá aportar los documentos de que disponga que permitan evaluar la situación económica de los cónyuges y, en su caso, de los hijos, tales como declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales. Abogados en Tenerife

Una vez presentada la demanda, se le dará traslado al demandado para que la conteste por escrito en un plazo de 20 días hábiles. Cuando hubiere hijos menores o incapacitados, se le dará traslado de la demanda al Ministerio Fiscal.

El demandado puede proponer reconvención que se hará con la contestación a la demanda y en el plazo de diez días desde su notificación, y que sólo se admitirá: Cuando se funde en alguna de las causas que puedan dar lugar a la nulidad del matrimonio, cuando el cónyuge demandado de separación o de nulidad pretenda el divorcio, cuando el cónyuge demandado de nulidad pretenda la separación y cuando el cónyuge demandado pretenda la adopción de medidas definitivas, que no hubieran sido solicitadas en la demanda, y sobre las que el tribunal no deba pronunciarse de oficio. Abogados en Tenerife

Cabe la inadmisión de la reconvención cuando no se refiera a ninguno de estos supuestos. A este respecto, cabe destacar la Sentencia Civil Nº 722/2013, TS, Sala de lo Civil, Sec. 1, Rec 157/2012, 15-11-2013, al reflejar que: «Debe interpretarse, pues, que cuando el artículo 770.2.ª d) LEC dispone, como uno de los supuestos en que se excusa la reconvención en los procesos familiares, aquel en que el cónyuge demandado pretenda la adopción de medidas definitivas, no apreciables de oficio, «que no hubieran sido solicitadas en la demanda», la naturaleza de esta medida impone que se considere equivalente al supuesto de solicitud en la demanda el caso en que se haya solicitado su denegación, pues tiene el mismo efecto contemplado en la LEC de ampliar a su discusión el objeto del proceso”.

A la vista deberán concurrir las partes por sí mismas, con apercibimiento de que su incomparecencia sin causa justificada podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial. También será obligatoria la presencia de los abogados respectivos. Contacte con nosotros para la tramitación de su divorcio contencioso.

 

DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL: CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DROGAS TÓXICAS O SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES

Abogados en Tenerife. El art. 379.2 del Código Penal establece la condena penal por alcoholemia (o bajo la influencia de drogas) en la conducción. Así, establece:

2- Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Por tanto, aquella persona que diese una tasa de alcohol de en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, será condenado a una pena de: prisión  de 3 a 6 meses o la pena de multa de 6 a 12 meses o la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, con la de retirada del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro años. Debemos recordar que la negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica puede conllevar consecuencias aún más graves ya que puede dar lugar a la comisión de un delito de desobediencia por lo que siempre es recomendable acceder a su realización. Abogados en Tenerife.

Sin embargo, si el conductor sometido a las pruebas detección alcohólica arrojase una tasa inferior a las previstas, habrá que determinar si existía influencia en la conducción del consumo previo de bebidas alcohólicas. De esta manera, si el Juzgado apreciase que el conductor se encontraba igualmente influido por el consumo previo de bebidas alcohólicas, es decir si conducía con alteración de sus facultades psíquicas y físicas puede ser igualmente condenado por dicho delito aunque no haya alcanzado las tasas previstas en el código penal. En nuestro despacho somos especialistas en acusación y defensa en delitos contra la seguridad vial. Contacte con nosotros.

 

EL IMPAGO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

Como hemos dicho en alguna ocasión anterior, y según el artículo 90 del Código Civil, el convenio regulador debe contener de manera obligatoria, y entre otros requisitos, las cantidades de contribución al sostenimiento de las cargas del matrimonio y para el mantenimiento de los hijos en concepto de pensión de alimentos. – Abogados en Tenerife– Ésta también será determinada judicialmente en el caso de un procedimiento contencioso. La pensión de alimentos debe incluir, según el artículo 142 de Código Civil, todos los elementos indispensables para la manutención de los hijos, vestido, habitación, asistencia médica, etc. Su cuantía se fija en función de las necesidades de los hijos y sobre todo de la situación económica de los cónyuges.

 

Pero puede ocurrir, y de hecho ocurre, que el obligado al pago desatienda su obligación. Para estos casos la ley prevé varios mecanismos. El acreedor podrá reclamar el impago por la vía civil o por la vía penal (denuncia), no siendo incompatible su ejercicio simultáneo según nuestra jurisprudencia.

 

Los hijos o el excónyuge o la expareja en representación de ellos o, incluso, el Ministerio Fiscal le pueden reclamar los impagos desde el primer mes y hasta los últimos cinco años. Si el impago es parcial, también podrá reclamar las cantidades dejadas de percibir. El procedimiento civil se inicia con demanda ejecutiva y requerirá la asistencia de abogado y procurador. Si sigue optando por no abonar la pensión de alimentos, el juez puede decretar el embargo de su salario (excepto del salario mínimo interprofesional), de rentas, cuentas bancarias o cualquier otro bien o derecho. Puede contactar con nosotros para su reclamación.

 

En relación con el procedimiento penal por impago de pensiones, la pena que establece el Código Penal ante el impago de alimentos por quien está obligado a hacerlo, es de 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 24 meses. El procedimiento penal se puede iniciar cuando se dejan de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos, la pensión de alimentos establecida en Convenio judicialmente aprobado o en Sentencia de Divorcio, Separación o Nulidad matrimonial, según establece el artículo 227 del Código Penal. La vía penal y civil se pueden iniciar una después de otra o al mismo tiempo.

 

EL CONVENIO REGULADOR EN LA SEPARACIÓN Y EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO.

El Convenio regulador es un documento que debe acompañar necesariamente a la demanda de divorcio o separación de mutuo acuerdo. La finalidad del convenio regulador es determinar las bases respecto de cuestiones que van a regir con posterioridad a la disolución del vínculo matrimonial o separación, como por ejemplo la atribución del uso de la que fuera vivienda conyugal, el régimen de comunicación y estancia con los hijos comunes, la guarda y custodia, la eventual pensión de alimentos o compensatoria, la distribución de los gastos extraordinarios, etcétera. Contacte con Abogados Tenerife

El contenido que debe incluir el convenio regulador viene determinado en el artículo 90 del Código Civil, así debe contener de manera obligatoria, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:

1.- Atribución de la guarda y custodia de los hijos.

2.- Determinación del régimen de visitas y comunicaciones de que podrá disfrutar el cónyuge que no tenga la custodia, así como, si se considera necesario, el establecimiento del régimen de visitas y comunicaciones de los nietos con sus abuelos.

3.- La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.

4.- Las cantidades de contribución al sostenimiento de las cargas del matrimonio y para el mantenimiento de los hijos en concepto de pensión de alimentos; así como los criterios para su actualización y las garantías, en su caso. Igualmente se recogerá los acuerdos alcanzados respecto a los hijos mayores de edad que sigan conviviendo y/o dependiendo económicamente de los padres.

5.- La cantidad que, en su caso, y en concepto de pensión compensatoria, uno de los cónyuges ha de satisfacer al otro por el desequilibrio económico que se deriva de la separación o divorcio o nulidad matrimonial.

Contacte con Abogados Tenerife

Debemos recordar que el convenio regulador sólo entra en juego cuando el procedimiento de divorcio o separación matrimonial es de mutuo acuerdo. Cuando no existe acuerdo en torno a los extremos descritos, el procedimiento de separación matrimonial o divorcio ya no es de mutuo acuerdo sino contencioso, y será el Juez quien establezca las medidas o reglas que deben regir con posterioridad a la separación o disolución del vínculo matrimonial.

El Convenio regulador firmado por los cónyuges será presentado en el Juzgado junto con la demanda de separación o divorcio, y será aprobado por el órgano judicial, previa ratificación de las partes, salvo si los acuerdos son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges para lo cual, si existen menores, deberá intervenir necesariamente el Ministerio Fiscal como garante de sus derechos. En Hernández Abraham Abogados encontrará el profesional adecuado para tramitar su procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo. Contacte con Abogados Tenerife

 

LA GARANTÍA DE DEFENSA JURÍDICA DE SU PÓLIZA DE SEGUROS

Abogados Tenerife

Existe una cláusula en la mayoría de contratos de seguro que la práctica totalidad de asegurados víctimas de accidentes de tráfico o perjudicados de cualquier tipo que precisen asistencia jurídica desconoce que existe. Se trata de la garantía de defensa jurídica. Muchos se conforman con el abogado que pone a su disposición su compañía de seguros sin saber que tienen la posibilidad de elegir un profesional independiente, que no sea el asignado automáticamente por su compañía de seguros, de cuyos honorarios se hará cargo su propia compañía de seguros. Contacte con Abogados Tenerife

Este derecho está presente en la regulación comprendida en la misma Ley de Contrato de Seguro a partir de la reforma operada por la Ley 19 de diciembre de 1990 en el art. 76 d). Así, como hemos expresado, rige el principio de libre elección de profesionales o la asunción por el propio asegurador de tal obligación de tal manera que, como se ha expresado, usted es libre de elegir un profesional independiente para realizar su reclamación y su compañía de seguros se deberá hacer cargo de sus honorarios. Por eso contacte con Abogados Tenerife

Sobre este derecho ya se ha pronunciado la Unión Europea al respecto de la libre elección de abogado a través de su Directiva 87/344 del Tribunal Europeo en la que se especifica expresamente que el interés del asegurado en el seguro de defensa jurídica implica necesariamente la libre elección de abogado o profesional cualificado para defender los derechos del perjudicado en cualquier proceso judicial o administrativo. Cualquier limitación a decidir libremente el letrado que queremos que asuma nuestra defensa sería por tanto contrario a la finalidad y objeto del seguro. También se ha pronunciado recientemente el Tribunal Supremo, en Sentencia de 27 de junio de 2019, sobre el alcance de la garantía de la defensa jurídica, y hace mención al asegurado, conductor, propietario o tomador del vehículo, así como a sus ascendientes, descendientes y cónyuge de cualquiera de ellos. A todos ellos les garantiza el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica en que puedan incurrir como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral derivado de accidente de circulación, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial. Contacte con nosotros para iniciar ya su reclamación. Contacte con Abogados Tenerife

RECLAMACIÓN DE DAÑOS MATERIALES Y PERSONALES EN ACCIDENTES DE TRÁFICO.

Abogados Tenerife

Si usted ha sufrido un accidente de tráfico, bien a los mandos de un vehículo o como ocupante, o bien un atropello, debe saber que tiene derecho a reclamar una indemnización, tanto de los daños materiales de su vehículo (en su caso) como de sus daños personales. Para ello deberá contar con un abogado especialista en la materia. Contacte para indemnización accidente Abogados en Tenerife ahora.

Una reclamación de indemnización a la compañía de seguros exige agotar la vía extrajudicial previa a la vía judicial, tal y como establece la Ley de Responsabilidad Civil. Es recomendable contratar a un abogado desde el primer momento, ya que recibirá el asesoramiento necesario, podrá negociar la indemnización en su nombre y asesorarle respecto a la procedencia de la oferta recibida ya que, en caso contrario, muchas compañías aprovechan el desconocimiento de quien reclama para ofrecer indemnizaciones inferiores a las que se tiene derecho.

Una vez se dé parte a la compañía de seguros, ésta dispondrá de un plazo de tres meses para enviarle su oferta motivada de indemnización, según la Ley de Responsabilidad Civil. Dicha oferta suele ser muy inferior a lo que realmente le corresponde, toda vez que la valoración en la que se basa la realizan peritos que trabajan para ellos. Una vez recibida la oferta motivada se podrá aceptarla o no, momento en el que vuelve a ser esencial contar con un abogado especialista. Contacte para indemnización accidente Abogados en Tenerife ahora.

En relación con los daños materiales, debe saber que, evidentemente, también tiene derecho a su restitución, para lo cual también será conveniente contar con los servicios de un abogado especialista. Contacte para indemnización accidente Abogados en Tenerife ahora.

También debe saber que, de conformidad con el principio de reparación integral, tiene derecho a la restitución de todos los gastos derivados el siniestro.

Si las negociaciones no llegan a buen puerto y, en todo caso, si no recibe oferta motivada en el plazo de tres meses, se abrirá la vía judicial. Dispone de un plazo de seis meses desde el accidente para interponer una denuncia penal, y de un año desde la consolidación de las secuelas para reclamar por la vía civil. En ambos casos necesitará contratar los servicios de un abogado especialista en accidentes de tráfico. En Hernández Abraham Abogados encontrará a los profesionales idóneos para su reclamación y debe saber que, en la mayoría de los casos, será su compañía la que se haga cargo de nuestros honorarios.