Abogados Tenerife

EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS EN FAVOR DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD

Abogados Tenerife. Para centrar el objeto de este tipo de situaciones hemos de recordar el contenido de dos artículos de nuestro Código Civil. El Artículo 93, párrafo segundo del Código civil establece:

«Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artículos 142 y siguientes de este Código

Asimismo, el Artículo 152 del Código Civil establece:

«Cesará también la obligación de dar alimentos:

3º Cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia

A este respecto la casuística es abundante, pero básicamente hablamos de supuestos en los hijos mayores de edad no quieren ni estudiar ni trabajar y, en consecuencia, carecen de independencia económica.

Recientemente el Tribunal Supremo se ha pronunciado en su Sentencia de doce de marzo de 2019 en favor del progenitor alimentante cuando el hijo mayor de edad demuestra poco o ningún interés por estudiar o trabajar.

También recientemente, el Supremo permite la posibilidad de dejar de pagar la pensión de alimentos por falta de relación entre el hijo mayor de edad y el progenitor alimentante y requiere que los hijos cuya pensión pretende extinguirse sean mayores de edad y que se nieguen a relacionarse con el progenitor obligado al pago de los alimentos. En Abogados en Tenerife somos especialistas en derecho de familia.

Por tanto, y según la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo,  para extinguir la pensión de alimentos por falta de relación entre el progenitor y el hijo mayor de edad, será preciso acreditar: La falta de relación manifiesta entre el progenitor alimentante y el hijo mayor de edad, que la falta de relación sea relevante, que la falta de relación sea imputable a los hijos mayores de edad beneficiarios de la pensión de alimentos.

Si necesita asesoramiento, no dude en contactar con Hernández Abraham Abogados, abogados en Tenerife.

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