
En este procedimiento intervino como abogado defensor Abraham Hernández abogado penalista en Tenerife y director de Hernández Abraham Abogados, cuya estrategia procesal se centró en demostrar la ausencia de prueba suficiente sobre la finalidad de tráfico, elemento esencial para una condena por este tipo de delito.
Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Santa Cruz de Tenerife acordó la absolución de un acusado investigado por un delito contra la salud pública, tras no quedar acreditado que el cultivo de cannabis intervenido estuviera destinado al tráfico de drogas.
La resolución constituye un ejemplo claro de cómo una defensa penal especializada en Tenerife puede resultar determinante en procedimientos relacionados con drogas, especialmente cuando la acusación no logra acreditar que la sustancia estuviera destinada al mercado ilícito.
El delito contra la salud pública por drogas en el Código Penal
El artículo 368 del Código Penal castiga a quienes:
- cultiven
- elaboren
- trafiquen
- o faciliten el consumo ilegal de drogas
cuando estas conductas están dirigidas a introducir las sustancias estupefacientes en el mercado ilícito.
En el caso de sustancias que no causan grave daño a la salud, como puede ocurrir con el cannabis, las penas previstas pueden llegar a:
- 1 a 3 años de prisión
- además de multas económicas relevantes
No obstante, el derecho penal español distingue claramente entre:
- el cultivo o posesión con finalidad de tráfico
- y el cultivo destinado al consumo propio
Solo el primero constituye delito.
Los hechos investigados: cultivo de cannabis en Tenerife
El procedimiento tuvo su origen en una intervención policial en una vivienda situada en San Isidro (Granadilla de Abona), en el sur de Tenerife.
Durante la actuación policial se localizaron:
- 23 plantas de cannabis
- 251,2 gramos de sustancia
- con una pureza aproximada del 7,1 %
Según las estimaciones policiales, el valor de la sustancia en el mercado ilícito podría alcanzar aproximadamente 1.227 euros.
A partir de estos hechos se inició un procedimiento penal por delito contra la salud pública en Tenerife, al entender inicialmente que el cultivo podía estar orientado al tráfico.
La cuestión clave del juicio: tráfico de drogas o autoconsumo
En los procedimientos por cultivo de cannabis en Tenerife, la cuestión jurídica fundamental es determinar si existe una verdadera finalidad de tráfico.
Para acreditar la existencia de tráfico de drogas, los tribunales suelen valorar indicios objetivos como:
- balanzas de precisión
- bolsas de dosificación
- dinero fraccionado
- listas de clientes
- utensilios de preparación para la venta
Cuando estos elementos no aparecen, la acusación encuentra mayores dificultades para demostrar que la droga estaba destinada a la venta y no al consumo propio.
La estrategia de defensa de Abraham Hernández
La defensa ejercida por Abraham Hernández se centró en evidenciar la ausencia de indicios objetivos de comercialización.
Durante el juicio se puso de manifiesto que:
- no se encontraron balanzas de precisión
- no existían bolsas de preparación para la venta
- no había instrumentos típicos asociados al tráfico de drogas
Además, el acusado sostuvo durante su declaración que el cultivo estaba destinado exclusivamente al autoconsumo.
Un aspecto especialmente relevante del juicio fue que el propio agente de la Guardia Civil que intervino en la actuación reconoció que no se hallaron elementos característicos de una actividad de distribución de drogas.
Esta circunstancia reforzó la tesis de la defensa de que no existía prueba de cargo suficiente para sostener una condena penal.
La valoración del Juzgado de lo Penal nº 4 de Santa Cruz de Tenerife
Tras analizar la prueba practicada en el juicio oral, el tribunal concluyó que no existían elementos suficientes para acreditar la finalidad de tráfico.
Entre los factores valorados por el juzgado destacan:
- la ausencia de indicios de comercialización
- la cantidad intervenida, que no se consideró incompatible con el autoconsumo
- la falta de prueba de cargo suficiente
En consecuencia, el tribunal aplicó el principio constitucional de presunción de inocencia, reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española.
La sentencia: absolución por delito contra la salud pública
Finalmente, el Juzgado de lo Penal nº 4 de Santa Cruz de Tenerife dictó sentencia acordando:
- la absolución del acusado
- la declaración de las costas de oficio
- el levantamiento de las medidas cautelares
La resolución concluye que no quedó acreditado que el acusado pretendiera introducir la sustancia intervenida en el mercado ilícito, elemento indispensable para una condena por delito contra la salud pública.
Un resultado penal especialmente relevante en Tenerife
Desde el punto de vista jurídico, esta absolución tiene una especial relevancia porque evita las consecuencias penales que habría supuesto una condena por tráfico de drogas, entre ellas:
- pena de prisión
- multa económica
- antecedentes penales
La intervención de Abraham Hernández en este procedimiento demuestra la importancia de una defensa penal rigurosa en casos de cultivo de cannabis en Tenerife, especialmente cuando la acusación no puede acreditar de forma suficiente la finalidad de tráfico.
No toda posesión o cultivo de cannabis constituye automáticamente un delito. La diferencia entre autoconsumo y tráfico resulta decisiva, y su correcta valoración puede cambiar por completo el resultado del procedimiento penal.



