Abogados Tenerife vuelve a reforzar su posicionamiento jurídico con un nuevo resultado favorable obtenido por Abraham Hernández, abogado penalista en Santa Cruz de Tenerife y director de Hernández Abraham Abogados, tras lograr la absolución de su defendido en un procedimiento seguido ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Santa Cruz de Tenerife por un presunto delito de falsedad documental. La sentencia acogió íntegramente la tesis de la defensa y concluyó que no existía prueba suficiente para destruir la presunción de inocencia del acusado.
Se trata de un resultado especialmente relevante en el ámbito del derecho penal en Tenerife, ya que la acusación pública sostenía que el investigado había utilizado un permiso de circulación italiano falso, solicitando una condena por falsificación de documento público conforme a los artículos 390 y 392 del Código Penal.
La Fiscalía solicitaba prisión por falsedad documental
El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de falsificación de documento público y solicitó para el acusado:
- un año de prisión
- ocho meses de multa
- inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo
- pago de las costas procesales
Frente a esta acusación, la defensa ejercida por Abraham Hernández interesó la libre absolución. Finalmente, el juzgado acogió íntegramente la tesis defensiva.
El documento era falso, pero no se acreditó quién lo falsificó
Uno de los aspectos jurídicamente más importantes de la sentencia es que el órgano judicial diferencia con claridad entre la existencia de un documento falso y la autoría de la falsificación.
La resolución considera acreditado que el permiso de circulación presentado no era auténtico. Sin embargo, el juzgado concluye que no existe prueba suficiente para afirmar que fuera el acusado quien alteró el documento o que hubiera encargado a un tercero su confección.
Esta precisión resulta esencial en el ámbito penal, ya que la simple posesión o exhibición de un documento falso no permite atribuir automáticamente la falsificación a la persona que lo porta.
Tampoco se acreditó que conociera la falsedad del documento
La sentencia destaca además otro aspecto fundamental: la ausencia de prueba sobre el conocimiento de la falsedad.
Para que exista responsabilidad penal por este tipo de delito no basta con demostrar que el documento era falso. También es imprescindible acreditar que quien lo utiliza sabía que carecía de autenticidad.
En este procedimiento no existió prueba suficiente que permitiera concluir, más allá de toda duda razonable, que el acusado conocía la falsedad del permiso de circulación. El propio juzgado destaca que el documento presentaba apariencia de veracidad y que no se trataba de una falsificación burda fácilmente detectable.
La presunción de inocencia impide condenar sobre meras sospechas
Otro de los elementos más relevantes de la resolución es la aplicación rigurosa del derecho fundamental a la presunción de inocencia.
La magistrada recuerda que una condena penal exige una prueba de cargo suficiente, válida y practicada con todas las garantías. La sentencia afirma expresamente que las sospechas, por intensas que sean, no pueden sustituir a la prueba.
En consecuencia, al no existir elementos incriminatorios bastantes para acreditar ni la participación del acusado en la falsificación ni su conocimiento de la misma, el juzgado considera que la acusación no alcanzó el estándar probatorio exigido en derecho penal.
Aplicación del principio in dubio pro reo
La resolución desarrolla también el principio in dubio pro reo, recordando que cualquier duda razonable sobre la culpabilidad debe resolverse a favor del acusado.
El órgano judicial concluye que las pruebas practicadas no permiten alcanzar la certeza necesaria para dictar una condena, por lo que procede la absolución. Se trata de una aplicación directa de uno de los principios esenciales del proceso penal español, destinado a evitar condenas basadas en hipótesis, sospechas o conjeturas.
Un nuevo logro penal de Abraham Hernández en Santa Cruz de Tenerife
La sentencia constituye un resultado especialmente favorable para la defensa dirigida por Abraham Hernández, abogado penalista en Santa Cruz de Tenerife.
La absolución se produce en un procedimiento en el que la acusación sostenía la existencia de un delito de falsedad documental y solicitaba pena de prisión para el acusado. La resolución rechaza la construcción acusatoria al considerar que no existe prueba suficiente ni sobre la autoría de la falsificación ni sobre el conocimiento de la falsedad del documento, manteniendo intacto el derecho fundamental a la presunción de inocencia.
La importancia de contar con un abogado especialista en falsedad documental en Tenerife
Los procedimientos por falsedad documental en Tenerife exigen un análisis técnico especialmente complejo. La existencia de un documento falso no implica automáticamente responsabilidad penal, ya que es imprescindible determinar:
- la autoría de la falsificación
- la existencia de dolo
- el conocimiento de la falsedad
- la suficiencia de la prueba pericial y documental
La absolución obtenida ante el Juzgado de lo Penal nº 2 de Santa Cruz de Tenerife pone de relieve la importancia de una estrategia de defensa sólida en procedimientos relacionados con documentos presuntamente falsos, uso de documentos falsos y delitos contra la fe pública.
Abraham Hernández, abogado penalista en Tenerife
Abraham Hernández desarrolla su actividad profesional como abogado penalista en Santa Cruz de Tenerife, interviniendo en procedimientos penales complejos ante juzgados y tribunales de Canarias. Su experiencia incluye la defensa en asuntos relacionados con:
- falsedad documental
- delitos contra la administración pública
- delitos contra la salud pública
- delitos sexuales
- violencia de género
- macrocausas penales
- procedimientos de especial complejidad probatoria







